Depósito de buena fe (o Depósito de arras)

El dinero de depósito que el potencial comprador da al vendedor o su agente al firmar el contrato de venta para evidenciar que se toma en serio la compra de la casa. Si la venta se lleva a cabo, el depósito de buena fe se aplica contra el pago inicial. Si la venta no se lleva a cabo, el depósito de buena fe se pierde a menos que el acuerdo preliminar (“binder” en inglés) u oferta preliminar disponga expresamente que el depósito es reembolsable. (inglés: Earnest Money)